21:1 Estas son las leyes que les propondrás.
21:2 Si comprares siervo hebreo, seis años servirá; mas al séptimo saldrá libre, de balde.
21:3 Si entró solo, solo saldrá; si tenía mujer, saldrá él y su mujer con él.
21:4 Si su amo le hubiere dado mujer, y ella le diere hijos o hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo.
21:5 Y si el siervo dijere: Yo amo a mi señor, a mi mujer y a mis hijos, no saldré libre;
21:6 entonces su amo lo llevará ante los jueces, y le hará estar junto a la puerta o al poste; y su amo le horadará la oreja con lesna, y será su siervo para siempre.
21:7 Y cuando alguno vendiere su hija por sierva, no saldrá ella como suelen salir los siervos.
21:8 Si no agradare a su señor, por lo cual no la tomó por esposa, se le permitirá que se rescate, y no la podrá vender a pueblo extraño cuando la desechare.
21:9 Mas si la hubiere desposado con su hijo, hará con ella según la costumbre de las hijas.
21:10 Si tomare para él otra mujer, no disminuirá su alimento, ni su vestido, ni el deber conyugal.
21:11 Y si ninguna de estas tres cosas hiciere, ella saldrá de gracia, sin dinero.
Creo que corresponde complementarlo con Levítico 25:
25:39 Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como esclavo.
25:40 Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.
25:41 Entonces saldrá libre de tu casa; él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá.
25:42 Porque son mis siervos, los cuales saqué yo de la tierra de Egipto; no serán vendidos a manera de esclavos.
25:43 No te enseñorearás de él con dureza, sino tendrás temor de tu Dios.
25:44 Así tu esclavo como tu esclava que tuvieres, serán de las gentes que están en vuestro alrededor; de ellos podréis comprar esclavos y esclavas.
25:45 También podréis comprar de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de las familias de ellos nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros, los cuales podréis tener por posesión.
25:46 Y los podréis dejar en herencia para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en vuestros hermanos los hijos de Israel no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza.
25:47 Si el forastero o el extranjero que está contigo se enriqueciere, y tu hermano que está junto a él empobreciere, y se vendiere al forastero o extranjero que está contigo, o a alguno de la familia del extranjero;
25:48 después que se hubiere vendido, podrá ser rescatado; uno de sus hermanos lo rescatará.
25:49 O su tío o el hijo de su tío lo rescatará, o un pariente cercano de su familia lo rescatará; o si sus medios alcanzaren, él mismo se rescatará.
25:50 Hará la cuenta con el que lo compró, desde el año que se vendió a él hasta el año del jubileo; y ha de apreciarse el precio de su venta conforme al número de los años, y se contará el tiempo que estuvo con él conforme al tiempo de un criado asalariado.
25:51 Si aún fueren muchos años, conforme a ellos devolverá para su rescate, del dinero por el cual se vendió.
Ale, ya somos un poco más sabios. Ahora hay que esperar a que las leyes de libremercado dictaminen el coste de los esclavos.