Imagen de Akin
Historias publicadas:
Índice de historias
<Enero 2025
Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do
    1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30 31    
             

Buscar en este blog (by Google):

Blog fundacional del Clan McPotter:
Clan McPotter
Suscribir con Bloglines Subscribe in NewsGator Online Suscribe en Google Suscribe en My Yahoo Suscribe con netvives
Sitios Web
Mi blogroll:
Blogs de Ya.com:
Blogalia
Blogalia

Estadísticas de visitas:

Ver mis estadísticas
Y más cosas:
By Akin since 2002
A través del blog de Marta llego a la siguiente noticia de El País:

El juzgado de paz de Canet de Mar (Barcelona) rechazó ayer tramitar una solicitud de matrimonio entre dos personas del mismo sexo, según denunció la pareja, porque uno de los dos es de origen indio y "prevalece su ley personal..."


Un juez que debería, inmediatamente, engrosar la lista del paro.
14:07 del 2005-07-06 # 15 Comentarios

Referencias (TrackBacks)

URL de trackback de esta historia http://akin.blogalia.com//trackbacks/31444

Comentarios

1
De: Anónimo Fecha: 2005-07-06 15:41

Un juez de paz no es un juez juez, es un cargo para el cual sólo hay que tener el bachillerato (creo) y el sueldo es de unas 125.000 pelas (de las de antes) anuales.



2
De: Pepe Fecha: 2005-07-06 16:24

Explícalo todo. El ciudadano indio está en situación ilegal en España y en su país no existe la unión de parejas del mismo sexo en su legislación.

Si se le concediera asilo político cambiaría la situación.

"La manipulación no nace de la mentira sino de la verdad"



3
De: Akin Fecha: 2005-07-06 16:53

Si Pepe, explícalo todo, está con un permiso de estudios, no en situación ilegal y él y su pareja llevan más de dos años registrados como pareja de hecho en Barcelona (muchísimo antes del proyecto de ley)

Y a todos los residentes en este país se les aplica la legislación de este país, de hecho es una garantía constitucional, de hecho, de la propia noticia:

El letrado de la pareja, que también preside la comisión de Igualdad de Derechos para los Nuevos Modelos de Familia del Colegio de Abogados de Barcelona, recordó que el Código Civil establece que "los matrimonios celebrados en España se regirán por la legislación española".

Y no necesita asilo político porque no es una persona perseguida, es un estudiante como tantos otros.

Anónimo, ignoraba esa diferencia, pero... ¿Seguro que ese es el sueldo ANUAL?



4
De: habeas corpus Fecha: 2005-07-06 17:10

Sí, es el sueldo anual. La labor de juez de paz es una especie de voluntariado.



5
De: chiz Fecha: 2005-07-06 17:11

[Explícalo todo. El ciudadano indio está en situación ilegal en España y en su país no existe la unión de parejas del mismo sexo en su legislación.

Si se le concediera asilo político cambiaría la situación.

"La manipulación no nace de la mentira sino de la verdad"]


Pepe cariño no hables con tanta rotundidad de lo que no tienes ni idea.

Primero, la situación el ciudadano indio en España es legal, el esta aquí como residente con visado de estudios, no confundas el tocino con la velocidad.

Segundo, las leyes en España son tanto para los españoles como para los residentes, no se puede aplicar leyes externas en un país soberano, él como residente esta sujeto a las leyes donde reside no de donde nace y por lo tanto tiene deberes y derechos, y un derecho es casarse.

Tercero, si tuviese la condición de refugiado político eso no cambiaria nada, España no otorga el asilo político a los ciudadanos de la india, ya que es un país con garantías democráticas donde hay un sistema judicial independiente y además no esta en guerra, no hay fundamentos para otorgar el asilo político.

La manipulación nace del intento de esconder la verdad, como haces tu intentando justificar lo que a todas luces es un delito de prevaricación y un acto de rebeldía por parte del juzgado de Canet de Mar.

Akin, estoy contigo, pero que boten a la funcionaria tambien.



6
De: Pablo Lata Fecha: 2005-07-06 17:24

Lo que dice habeas corpus es cierto.

Es más, si no me equivo, el juez de paz es una figura, existente en cada uno de los partidos judiciales o demarcaciones territoriales del poder judicial, que no pertenece a la carrera judicial, se escoge por libre designación (es decir, a dedo)

O sea, cualquiera puede ser juez de paz.

En principio, interpreto que se trata de una figura concebida para aliviar la carga de trabajo de de Jueces y Magistrados, ya que se encarga de temas menores (como cuestiones de faltas contra el patrimonio, dirimir enfrentamientos vecinales, etc,...)

Siéntanse libres de corregirme en cualquier cuestión, pues ya hace tiempo que no me repaso la LGPJ o las Leyes de Enjuiciamiento...



7
De: Anónimo Fecha: 2005-07-06 17:50

Veamos un FAQ sobre el tema:

http://www.laudiokoudala.net/faq/faq31.shtml

En cuanto al sueldo, es variable, por lo que he visto en algunos boletines va desde 60 a 70 ¤ mensuales, es un voluntariado, así que no está bien pagado.



8
De: habeas corpus Fecha: 2005-07-06 18:39

El juez de paz es la base del sistema judicial. Es una institución muy útil, sobre todo en los sitios pequeños, porque desempeña una importante labor conciliadora. Su objetivo es que, en caso de conflicto, se alcance una solución que evite llegar al juzgado. En ese sentido, los jueces de paz suponen un alivio para los sobrecargados juzgados. Para entendernos, el juez de paz es el que se reúne con don Ataúlfo y don Pancracio para que solucionen sus diferencias acerca de si el cercado del primero tiene que pasar por delante o por detrás del roble que está junto a la linde del terreno del segundo. ;-)



9
De: chiz Fecha: 2005-07-06 21:01

Juez de paz o no, la ley ha de cumplirse en cualquier caso, no se puede alegar objeción de conciencia y menos decir que la legislación española no es de aplicación a un extranjero, según que circunstancia, porque prevalece la ley personal del residente en vez de la ley del estado español.



10
De: Akin Fecha: 2005-07-06 21:07

Bueno, siendo juez de paz esa figura la cosa cambia, supongo que no se atrevió a hacer algo que desconocía si se podía hacer. Corresponde a un juez de verdad realizar el matrimonio en todo caso.

Eso sí, su argumentación es tan patética que no merece otra cosa que la repulsa.



11
De: raro-raro Fecha: 2005-07-14 18:56


Pobre Juez de Paz, si a lo mejor lo hizo con la mejor voluntad...darle tiempo a ver a tanto maricón...



12
De: yukon 2 Fecha: 2007-04-11 20:07

Los Jueces de Paz, realizan una labor juridico-social importante en los pueblos, tienen que resolver desaveniencias entre partes, llegando incluso a realizar, además de actos de Conciliación, algunos juicios de faltas.

El sueldo es miserable si tenemos en cuenta, que en los pueblos, los conflictos no saben de dias ni de horarios.El Juez de Paz, está las veinticuatro horas al servicio del vecino.

Esta labor, descarga mucho los Juzgados y ahorran muchos miles de Euros al poder judicial.

Creo, que no se puede ser Juez de Paz, si tienes problemas morales o sociales, que te puedan condicionar en este puesto.Para eso mejor dejarlo a personas con menos conflictos morales.



13
De: Salomón Fecha: 2007-04-19 23:50

Los jueces de paz, unque no sean de carrera, para ser nombrado, ha de presentar candidatura en el momento oportuno. Es elegido por mayoría absoluta de concejales reunidos en pleno del Ayuntamiento del pueblo correspondiente.
En su demarcación, el juez de paz, tiene el mismo rango y tratamiento que cualquier juez de 1ª Instancia en el suyo.
Una vez de ser elegido, tiene que ser refrendado su nombramiento por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Una vez confirmado por éste alto tribunal, ha de prestar juramento ante el juez Decano de 1ª Instancia de la circunscripción judicial a la que pertenezca el juzgado de paz. Es provisto de título y carnet y sus responsabilidades sólo podrán ser depuradas por el Consejo del Poder Judicial.Su conducta moral y social ha de ser intachable y ha de goza entre sus vecinos de reconocido prestigio personal, etcétera etcétera



14
De: Salomón Fecha: 2007-04-19 23:51

Los jueces de paz, unque no sean de carrera, para ser nombrado, ha de presentar candidatura en el momento oportuno. Es elegido por mayoría absoluta de concejales reunidos en pleno del Ayuntamiento del pueblo correspondiente.
En su demarcación, el juez de paz, tiene el mismo rango y tratamiento que cualquier juez de 1ª Instancia en el suyo.
Una vez de ser elegido, tiene que ser refrendado su nombramiento por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Una vez confirmado por éste alto tribunal, ha de prestar juramento ante el juez Decano de 1ª Instancia de la circunscripción judicial a la que pertenezca el juzgado de paz. Es provisto de título y carnet y sus responsabilidades sólo podrán ser depuradas por el Consejo del Poder Judicial.Su conducta moral y social ha de ser intachable y ha de goza entre sus vecinos de reconocido prestigio personal, etcétera etcétera



15
De: FUTURO JUEZ DE PAZ Fecha: 2009-01-19 10:45

Pero...cuanto cobra realmente, donde se puede mirar exactamente? En cada foro se dice una cosa (todos coinciden en la ridiculez de la gratificación) pero sí es verdad de la discordancia de las cifras. Yo estoy apunto de salir elegido en una población alicantina (sobre todo porque soy el único aspirante) y me gustaría saber donde averiguar ese dato...GRACIAS